El Consejo General está formado por todos los concejales ó por el representante que elija el órgano competente, de cada uno de los Ayuntamientos que forman parte de la Red Municipal de Salud. Asume la gestión general de la Red.

 

Corresponde al Consejo las siguientes atribuciones:

 

  • Elección del Presidente/a
  • Aprobación del Reglamento del Régimen interior.
  • Elegir a la Comisión permanente y fijar el número de componentes de la misma
  • Acordar la incorporación a la Red de nuevos Ayuntamientos.
  • Aprobar el programa de actuación de la Red.
  • Aprobar las memorias informativas de la labor realizada anualmente
  • Adoptar las medidas más adecuadas para el buen funcionamiento de la Red.
  • Disolución de la Red.
Traducir »